"La eutanasia es una opción, no un derecho general": Esteban Torres plantea la necesidad de reglas claras en su regulación.
Durante la Sesión 080 del Pleno de la Asamblea Nacional del Ecuador, continuó el debate del proyecto de ley que busca regular la eutanasia en nuestro país Ecuador, iniciativa que surge tras el histórico fallo de la Corte Constitucional del Ecuador.
Durante su intervención, el asambleísta Esteban Torres enfatizó la necesidad de establecer controles legales estrictos que eviten abusos, así como la urgencia de fortalecer el acceso a cuidados paliativos. En ese contexto, fue categórico al señalar que la sentencia constitucional no consagra un “derecho general” a la eutanasia, sino que la habilita únicamente como una opción excepcional.
Enfatizó además que esta medida no debe concebirse como un derecho general, sino como una opción de carácter excepcional que exige cautela legislativa, a fin de prevenir abusos o posibles presiones externas. Asimismo, subrayó la necesidad de reformar el Código Orgánico Integral Penal para dotar de seguridad jurídica a los profesionales de la salud y a su vez fortalecer el acceso a cuidados paliativos. Esto permitirá que los pacientes puedan renunciar a la obstinación terapéutica y garantizar una muerte digna, evitando la prolongación innecesaria de sufrimiento.
La decisión de la Corte determinó la constitucionalidad condicionada del artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal, eximiendo de responsabilidad penal a los médicos que practiquen eutanasia activa, siempre que concurran requisitos estrictos: la existencia de un sufrimiento intenso e intolerable y el consentimiento libre, informado e inequívoco del paciente.
Controles legales y médicos como garantía
Frente a posturas que plantean simplificar los procedimientos, Torres defendió la implementación de comités de revisión como un mecanismo indispensable de control. A su criterio, una burocracia “ágil pero activa” constituye una salvaguarda necesaria para proteger a personas en situación de vulnerabilidad.
El legislador advirtió que estos filtros son clave para prevenir posibles presiones externas, ya sea por intereses económicos, familiares o de terceros, garantizando que la decisión del paciente sea verdaderamente autónoma.
Cuidados paliativos y rechazo a la obstinación terapéutica
Otro eje central de su intervención fue la realidad del sistema de salud ecuatoriano frente a pacientes terminales. Torres alertó que apenas el 3% de las personas vulnerables accede a cuidados paliativos adecuados.
En esta línea, destacó la importancia del artículo 6 del proyecto de ley, que reconoce el derecho del paciente a rechazar la denominada “obstinación terapéutica”, evitando la prolongación artificial de la vida en contra de su voluntad cuando no existen posibilidades reales de recuperación.
El precedente de Paola Roldán
Durante el debate también se recordó el caso de Paola Roldán, cuya lucha judicial abrió el camino para la despenalización condicionada de la eutanasia en Ecuador. Torres subrayó que, pese a haber impulsado este cambio histórico, Roldán falleció de manera natural, lo que a su juicio reafirma que la eutanasia debe entenderse como una alternativa excepcional, no como una solución generalizada.
Finalmente la intervención dejó un mensaje claro: legislar sobre la vida y la muerte no admite improvisaciones. Torres instó a sus colegas a construir un consenso que blinde el proceso, evitando que un tema de tan profunda trascendencia quede expuesto a vacíos legales. Enfatizó que debe ser una ley formal, clara y garantista la que establezca los límites, procedimientos y salvaguardas en el Ecuador.