FIASCO DE LA EXTINCION DE DOMINIO
Tan defectuosa es la Ley de Extinción de Dominio, promovida por algunos asambleístas obsesionados con la notoriedad, que la Corte Constitucional ha tenido que ratificar las objeciones de constitucionalidad realizadas por el Presidente Moreno. En el Dictamen No. 1-21-OP/21 los jueces constitucionales manifiestan que tanto la imprescriptibilidad de las infracciones como la retrospectividad de las normas sancionadoras son absurdos jurídicos que violan abiertamente los derechos constitucionales a la seguridad jurídica y al debido proceso.
Los promotores de la Ley engañaron a los ecuatorianos haciéndoles creer que el cuerpo normativo era perfecto y servía para que los corruptos devolvieran lo robado. Muchos periodistas poco informados les creyeron y amplificaron tanto su mensaje que el que se oponía a la Ley de Extinción de Dominio era considerado defensor de los ladrones del erario público. En medio de una presión sofocante de la opinión pública la Ley fue aprobada. Muy pocos legisladores, contados con los dedos de la mano, sobre todo aquellos con formación jurídica sólida, tuvieron la valentía de cuestionar el contenido del mamotreto. De Tungurahua, un asambleísta protestó, con su voz en alto, por el paquetazo legislativo.
Los despistados asambleístas, que se ufanaron de haber promovido el esperpento legislativo, llegaron al extremo de decir que debía considerarse actividad ilícita, susceptible de ser sancionada con la pérdida de los bienes del que incurrió en ella, “toda actividad contraria al ordenamiento jurídico vigente”. Con esta definición indeterminada e imprecisa, la Corte Constitucional advierte que podría aplicarse la extinción de dominio a quien dona un terreno sin insinuación judicial o notarial o a quienes reciban bienes por un testamento otorgado sin testigos. Un verdadero absurdo.
Con la imprescriptibilidad y la retrospectividad, la Ley de Extinción de dominio se hubiera convertido en un arma al servicio de la persecución, sin límite de tiempo, y con un procedimiento predominantemente de carácter civil, tramitado por jueces penales.
Ninguno de los promotores de la Ley ha dado la cara después del Dictamen de la Corte Constitucional. Se han escondido llenos de vergüenza. Tampoco han tenido las agallas para hablar los asambleístas que montaron espectáculos discursivos de apoyo al mamotreto. Y los comunicadores que cruxificaron a los que cuestionaron la Ley guardan silencio.
Las leyes constituyen la expresión máxima del poder público. Con ellas se establecen las reglas de conducta de quienes están en la cancha como jugadores y espectadores. Una ley abusiva, deficiente, destruye los derechos y, por lo general, le da al árbitro todo el poder sobre los bienes de la gente.